Principios Rectores de Política
Hídrica
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Durante los últimos años la sociedad argentina tomó conciencia del
deterioro de la conservación y la gestión de sus recursos hídricos, dándole
la motivación para corregir el rumbo actual.
Se coincidió en que el primer paso en esa dirección es definir la visión
que conduzca a una base jurídica sólida que garantice una gestión eficiente y
sustentable de los recursos hídricos para todo el país.
Con tal fin, y a instancias de la Subsecretaría de Recursos Hídricos
de la Nación, las provincias argentinas convocaron a los sectores vinculados
con el uso, gestión y protección de sus recursos hídricos, buscando
establecer lineamientos que armonicen los valores sociales, económicos y
ambientales que nuestra sociedad le adjudica al agua.
La adopción de los lineamientos de política así gestados Principios
Rectores por parte de todas las Provincias y la Nación, permitirá
dotar al país de una Política de Estado.
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Principios Rectores de Política Hídrica
Brindan lineamientos que permiten integrar aspectos técnicos, sociales,
económicos, legales, institucionales y ambientales del agua en una gestión
moderna de los recursos hídricos.
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Principios Rectores de Política Hídrica
TABLA DE
PRINCIPIOS RECTORES
EL AGUA Y SU CICLO
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1- El agua es un recurso renovable, escaso
y vulnerable
El agua es un elemento insustituible para el sostenimiento de la vida humana
y el resto de los seres vivos, siendo al mismo tiempo un insumo
imprescindible en innumerables procesos productivos. A pesar de ser
renovable, la escasez del agua se manifiesta gradualmente a medida que
aumentan las demandas y los conflictos por su uso. Su carácter de vulnerable
se manifiesta en la creciente degradación de su calidad, lo cual amenaza la
propia existencia de la vida.
2- El
agua tiene un único origen
Toda el agua que utilizamos, ya sea que provenga de una fuente atmosférica,
superficial o subterránea, debe ser tratada como parte de un único recurso,
reconociéndose así la unicidad del ciclo hidrológico y su importante
variabilidad espacial y temporal.
La conectividad hidrológica que generalmente existe entre las
distintas fuentes de agua hace que las extracciones y/o contaminaciones en
una de ellas repercutan en la disponibilidad de las otras. De ello se
desprende la necesidad de que el Estado ejerza controles sobre la totalidad
de las fuentes de agua, dictando y haciendo cumplir la normativa para el
aprovechamiento y protección de las diversas fuentes de agua como una sola
fuente de suministro.
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EL AGUA Y EL AMBIENTE
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3- Incorporación de la dimensión ambiental
La preservación de un recurso natural esencial como el agua es un deber
irrenunciable de los Estados y de la sociedad en pleno.
Por ser así, la gestión hídrica debe considerar al ambiente en
todas sus actividades, desde la concepción misma de los proyectos y programas
hasta su materialización y continua evolución.
La incorporación de la dimensión ambiental en la gestión de los
recursos hídricos se logra mediante el establecimiento de pautas de calidad
ambiental, el desarrollo de evaluaciones ambientales estratégicas para planes
y programas (etapa de preinversión), y la realización de evaluaciones de
riesgo e impacto y de auditorías ambientales para proyectos específicos.
Así, mediante el análisis de la vulnerabilidad ambiental, se
busca reducir los factores de riesgo y lograr el equilibrio entre el uso y la
protección del recurso.
4-
Articulación de la gestión hídrica con la gestión ambiental
La interrelación que existe entre la gestión de los recursos hídricos y la
problemática ambiental no admite compartimientos estancos entre las
administraciones de ambos sectores. De ello se desprende la necesidad de
otorgarle al manejo de los recursos hídricos un enfoque integrador y global,
coherente con la política de protección ambiental, promoviendo la gestión
conjunta de la cantidad y calidad del agua. Ello se logra mediante la
actualización y armonización de las normativas y una sólida coordinación
intersectorial tendiente a articular la gestión hídrica con la gestión
ambiental, actuando en el marco constitucional vigente.
5-
Articulación de la gestión hídrica con la gestión territorial
Las múltiples actividades que se desarrollan en un territorio (agricultura,
ganadería, explotación forestal, minería, urbanización, industria) afectan de
una u otra forma sus recursos hídricos. De ello se desprende la necesidad de
imponer prácticas sustentables en todas las actividades que se desarrollen en
las cuencas hídricas. Al mismo tiempo exige que el sector hídrico participe
en la gestión territorial de las mismas, interviniendo en las decisiones
sobre el uso del territorio e imponiendo medidas mitigatorias y restricciones
al uso del suelo cuando pudiera conducir a impactos inaceptables en los
recursos hídricos, especialmente aquellos relacionados con la calidad de las
aguas, la función hidráulica de los cauces y los ecosistemas acuáticos.
6-
Calidad de las aguas
Mantener y restaurar la calidad de las aguas constituye la meta de la gestión
hídrica más valorada por la sociedad, lo cual demanda una efectiva
complementación de las acciones desarrolladas por las autoridades hídricas provinciales
y nacional. Con tal fin, la autoridad hídrica nacional establecerá a modo de
presupuestos mínimos "niveles guía de calidad de agua ambiente" que
sirvan como criterios referenciales para definir su aptitud en relación con
los usos que le sean asignados. Sobre la base de tales criterios, las
autoridades hídricas provinciales tendrán el cometido de establecer objetivos
y estándares de calidad para sus cuerpos de agua y el de diseñar e
implementar las acciones de evaluación y control tendientes a proteger o
restaurar la calidad de sus cuerpos de aguas de acuerdo a los usos que les
asignen a los mismos.
7-
Acciones contra la contaminación
La contaminación de los recursos hídricos, que en nuestro país exhibe
manifestaciones de diverso tipo y grado, exige asumir una estrategia integral
conformada por acciones consistentes y sostenidas en el tiempo que permitan
verificar la conservación de la calidad del agua ambiente o el cumplimiento
de metas progresivas de restauración de dicha calidad. Tal estrategia
involucra la definición de programas de monitoreo y control de emisión de
contaminantes diferenciados para cada cuenca, con premisas de diseño e
implementación fijadas en función de las características contaminantes
prioritarias de los vertidos provenientes de fuentes fijas y dispersas, de
las características de los cuerpos receptores y del destino asignado a estos
últimos.
8- Agua
potable y saneamiento como derecho humano básico
El consumo de agua no potable y la falta de servicios de saneamiento adecuados
constituyen causas principales de enfermedades que impactan negativamente en
el desarrollo de las comunidades, la salud de la población y la integridad de
los ecosistemas. La atención a estos problemas exige la integración de las
cuestiones relativas al agua potable y al saneamiento en las políticas de
gestión de los recursos hídricos y la disponibilidad de recursos financieros
permanentes para mejorar y aumentar las coberturas de agua potable y
saneamiento para la totalidad de la población urbana y rural. Asimismo, el
impacto de la contaminación directa e indirecta sobre las fuentes de agua
destinadas al consumo humano requiere el desarrollo de investigaciones
sistemáticas sobre la incidencia de su calidad en los indicadores de salud de
la población.
9-
Control de externalidades hídricas
La gestión integrada de los recursos hídricos debe prever y controlar
externalidades negativas, explicitando los impactos ambientales y perjuicios
a terceros que pudiera aparejar un determinado manejo, asignación del recurso
o contaminación de una fuente de agua. Ello determina la obligatoriedad por
parte de los responsables de internalizar los costos y asumir la
recomposición o reparación de los daños ocasionados. En este contexto se
destaca la aplicación de instrumentos jurídicos y económicos para desalentar
la contaminación y estimular la inversión en tecnologías limpias que eviten o
mitiguen la contaminación.
10-
Impactos por exceso o escasez de agua
Las inundaciones recurrentes y la obstrucción del escurrimiento natural de
las aguas constituyen serios problemas para vastas zonas del territorio
nacional. Las soluciones que se adopten deben tener como premisa esencial
evitar la traslación de daños y la adopción de medidas de mitigación y de
restricción de ocupación de las áreas de riesgo, rescatándose el valor
ambiental de las planicies de inundación para mitigar el impacto de las
inundaciones. En situaciones de escasez deben evitarse las extracciones
descontroladas de aguas superficiales y subterráneas que degraden los
ecosistemas y atenten contra la sustentabilidad de los acuíferos. Ello exige
ingentes esfuerzos de monitoreo y una estricta regulación conjunta de ambas
fuentes de agua en términos de cantidad y calidad.
11-
Conservación y reuso del agua
Las prácticas conservacionistas y el reuso del agua brindan oportunidades
para el ahorro del recurso que derivan en importantes beneficios sociales,
productivos y ambientales; beneficios que deben compartirse entre los
múltiples usuarios del recurso. El reciclado del agua a partir de la
modificación de procesos industriales, la disminución de los altos consumos
de agua potable, el reuso de aguas residuales proveniente de centros urbanos
e industriales en otras actividades, el aumento de eficiencia en el consumo
de agua por el sector agrícola bajo riego; constituyen líneas de acción
concurrentes en pos del uso racional y sustentable del recurso.
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EL AGUA Y LA SOCIEDAD
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12- Ética y gobernabilidad del agua
Alcanzar la plena gobernabilidad del sector hídrico requiere del compromiso y
el accionar conjunto de los organismos de gobierno y usuarios del agua para
democratizar todas las instancias de la gestión hídrica. La dimensión ética
en el manejo de las aguas se logrará incorporando a la gestión diaria la
equidad, la participación efectiva, la comunicación, el conocimiento, la
transparencia y especialmente la capacidad de respuesta a las necesidades que
se planteen en el sector. Ambas, la ética del agua y la gobernabilidad el
sector hídrico, se alcanzarán a través del cumplimiento de todos y cada uno
de los Principios Rectores aquí enunciados.
13- Uso equitativo del agua
Todos los habitantes de una cuenca tienen derecho a acceder al uso de las
aguas para cubrir sus necesidades básicas de bebida, alimentación, salud y
desarrollo. La promoción por parte del Estado del principio de equidad en el
uso del agua se manifiesta a través de: asegurar el acceso a los servicios
básicos de agua potable y saneamiento a toda la población urbana y rural;
asignar recursos hídricos a proyectos de interés social; y promocionar el
aprovechamiento del agua en todos sus potenciales usos -usos múltiples del
agua- buscando siempre alcanzar el deseado equilibrio entre los aspectos
sociales, económicos y ambientales inherentes al agua.
14- Responsabilidades indelegables del Estado
El agua es tan importante para la vida y el desarrollo de la sociedad que
ciertos aspectos de su gestión deben ser atendidos directamente por el
Estado. La formulación de la política hídrica, la evaluación del recurso, la
planificación, la administración, la asignación de derechos de uso y vertido,
la asignación de recursos económicos, el dictado de normativas, y muy
especialmente la preservación y el control son responsabilidades indelegables
del Estado. Se requiere para ello contar con lineamientos claros para el
desarrollo y protección del recurso hídrico y con marcos regulatorios y de
control adecuados.
15- El agua como factor de riesgo
En ocasiones el agua se transforma en factor de riesgo por la interacción que
ejerce con las actividades de las personas, pudiendo ocasionar pérdidas de
vidas humanas y serios daños a los sistemas económicos, sociales y
ambientales. La notable variabilidad espacial y temporal de la oferta hídrica
de nuestro país nos exige aprender a convivir con las restricciones que el
medio natural nos impone, y al mismo tiempo, desarrollar la normativa, los
planes de contingencia y la infraestructura que permita prevenir y mitigar
los impactos negativos creados por situaciones asociadas tanto a fenómenos de
excedencia como de escasez hídrica y fallas de la infraestructura.
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EL AGUA Y LA GESTIÓN
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16- Gestión descentralizada y participativa
Cada Estado Provincial es responsable de la gestión de sus propios recursos
hídricos y de la gestión coordinada con otras jurisdicciones cuando se trate
de un recurso hídrico compartido. La descentralización de funciones debe
alcanzar el nivel local más próximo al usuario del agua que resulte
apropiado, promoviendo la participación de organizaciones comunitarias en la
gestión del agua. Al mismo tiempo se fomenta la participación efectiva de
toda la sociedad en la definición de los objetivos de la planificación
hídrica, en el proceso de toma de decisiones y en el control de la
gestión.
17- Gestión integrada del recurso hídrico
La gran diversidad de factores ambientales, sociales y económicos que afectan
o son afectados por el manejo del agua avala la importancia de establecer una
gestión integrada del recurso hídrico (en contraposición al manejo
sectorizado y descoordinado). Ello requiere un cambio de paradigma, pasando
del tradicional modelo de desarrollo de la oferta hacia la necesaria gestión
integrada del recurso mediante la cual se actúa simultáneamente sobre la
oferta y la demanda de agua, apoyándose en los avances tecnológicos y las
buenas prácticas. Asimismo, la gestión hídrica debe estar fuertemente
vinculada a la gestión territorial, la conservación de los suelos y la
protección de los ecosistemas naturales.
18- Usos múltiples del agua y prioridades
Excepto el agua para consumo humano básico -cuya demanda se juzga prioritaria
sobre todo otro uso- el resto de las demandas serán satisfechas conforme a
las prioridades establecidas por cada jurisdicción. La creciente competencia
por el uso del agua de una cuenca exige que los posibles usos competitivos se
evalúen sobre la base de sus aspectos sociales, económicos y ambientales en
el contexto de una planificación integrada que establezca las prioridades en
orden al interés público y no solamente en atención al beneficio para un
sector o usuario en particular.
19- Unidad de planificación y gestión
Dado que el movimiento de las aguas no reconoce fronteras
político-administrativas sino leyes físicas, las cuencas hidrográficas o los
acuíferos constituyen la unidad territorial más apta para la planificación y
gestión coordinada de los recursos hídricos. La consideración de la totalidad
de las ofertas y demandas de agua en una región hidrográfica permite detectar
las mejores oportunidades para su uso, lográndose al mismo tiempo anticipar
conflictos y minimizar impactos negativos a terceros o al ambiente.
20- Planificación hídrica
Dado los largos plazos que se requieren para concretar los objetivos de una
política hídrica es vital dar continuidad a la gestión surgida de un trabajo
de planificación consensuado, trascendiendo por sobre los períodos de
gobierno. A ese fin, cada provincia desarrollará planes hídricos como
instrumento de compromiso técnico y político para el cumplimiento de los objetivos
fijados. La planificación hídrica debe contar con la fuerza legal necesaria
que asegure su continuidad y con los mecanismos de actualización que
correspondan. Las planificaciones hídricas provinciales así concebidas deben
ser articuladas en un Plan Hídrico Nacional que asegure el cumplimiento de
los objetivos y metas de la política hídrica consensuada en el Consejo
Hídrico Federal.
21- Acciones estructurales y medidas no estructurales
El logro de los objetivos de la planificación hídrica se alcanza mediante la
adecuada combinación de acciones estructurales (construcción de
infraestructura) y de medidas de gestión, tecnológicas y disposiciones
legales y reglamentarias que complementen o sustituyan las obras físicas
-medidas no estructurales. Entre éstas últimas se propician: las normativas
para limitar o controlar el uso del agua y del suelo; la tecnología para
disminuir el riesgo hídrico; las medidas para evitar el derroche y mejorar la
eficiencia de uso del agua; y los mecanismos de cogestión para aprovechar y
mejorar la infraestructura hídrica.
22 -Aguas interjurisdiccionales
Para cuencas hidrográficas de carácter interjurisdiccional es recomendable
conformar "organizaciones interjurisdiccionales de cuenca" para
consensuar la distribución, el manejo coordinado y la protección de las aguas
compartidas. Actuando a petición de partes, le cabe a la autoridad hídrica
nacional el rol de facilitador y amigable componedor a fin de compatibilizar
los genuinos intereses de las Provincias en el marco de estos Principios
Rectores.
23- Prevención de conflictos
La construcción del consenso y el manejo de los conflictos constituyen los
pilares centrales de la gestión integrada mediante los cuales se busca
identificar los intereses de cada una de las partes y así juntos construir
soluciones superadoras que potencien el beneficio general y que al mismo
tiempo satisfagan las aspiraciones genuinas de las partes. Las organizaciones
de cuenca constituyen ámbitos propicios para la búsqueda anticipada de
soluciones a potenciales conflictos.
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EL AGUA Y LAS INSTITUCIONES
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24- Autoridad única del agua
Centralizar las acciones del sector hídrico en una única conducción favorece
la gestión integrada de las aguas. Por ello se propicia la conformación de
una única autoridad del agua en cada jurisdicción (nacional y provinciales)
que lleve adelante la gestión integrada de los recursos hídricos. Dicha
autoridad tiene además la responsabilidad de articular la planificación
hídrica con los demás sectores de gobierno que planifican el uso del
territorio y el desarrollo socioeconómico de la jurisdicción. La autoridad
del agua debe disponer de la necesaria autarquía institucional y financiera
para garantizar un adecuado cumplimiento de sus misiones, debiendo ser además
autoridad de aplicación de la legislación de aguas y contar con el poder de
policía necesario para su efectiva aplicación.
25- Organizaciones de cuenca
Dada la conveniencia de institucionalizar la cuenca como una unidad de
gestión, se promueve la formación de "organizaciones de cuenca"
abocadas a la gestión coordinada y participativa de los recursos hídricos
dentro de los límites de la cuenca. Las organizaciones de cuenca resultan
efectivas en la coordinación intersectorial del uso del agua y en la
vinculación de las organizaciones de usuarios con la autoridad hídrica. De
ello se desprende el importante rol de estas organizaciones como instancia de
discusión, concertación, coordinación y cogestión de los usuarios del agua; y
como instancia conciliatoria en los conflictos que pudieran emerger.
26- Organizaciones de usuarios
Siguiendo el principio de centralización normativa y descentralización
operativa, se propicia la participación de los usuarios del agua en
determinados aspectos de la gestión hídrica. Para ello se fomenta la creación
y fortalecimiento de "organizaciones de usuarios" del agua en los
cuales delegar responsabilidades de operación, mantenimiento y administración
de la infraestructura hídrica que utilizan. A los efectos de garantizar los
fines de estas organizaciones, las mismas deben regirse por marcos
regulatorios adecuados y disponer de la necesaria capacidad técnica y
autonomía operativa y económica.
27- El Estado Nacional y la gestión integrada de los
recursos hídricos
El Estado Nacional promoverá la gestión integrada de los recursos hídricos
del territorio argentino observando premisas de desarrollo sustentable. Para
ello proveerá criterios referenciales y elementos metodológicos que
posibiliten la implementación de tal gestión por parte de los distintos
ámbitos jurisdiccionales. Paralelamente apoyará la investigación científica y
la formación de capacidades con el fin de mejorar el conocimiento del
recurso; articulando con las distintas jurisdicciones la cooperación en los
campos científico, técnico, económico y financiero destinada a la evaluación
de los Recursos Hídricos y al aprovechamiento y protección de los mismos,
actuando siempre en el marco de estos Principios Rectores.
28- Gestión de recursos hídricos compartidos con otros
países
Los recursos hídricos compartidos con otros países deben gestionarse de
acuerdo con los principios internacionalmente aceptados de uso equitativo y
razonable, obligación de no ocasionar perjuicio sensible y deber de
información y consulta previa entre las partes. Dichas gestiones requieren la
concertación previa y la representación específica de las provincias
titulares del dominio de las aguas en relación con las decisiones que serán
sustentadas por la República Argentina ante otros países, tanto en materia de
cooperación como de negociaciones y celebración de acuerdos. Cada Provincia
involucrada designará un miembro para integrarse a las actividades de las
delegaciones argentinas en las comisiones y organizaciones internacionales
que correspondan.
29- Foros Internacionales del Agua
Conscientes de la trascendencia que tienen los Foros Internacionales en temas
de agua, como formadores de opinión y generadores de las bases
transformadoras de la gestión hídrica, es necesario que toda vez que la
República Argentina participe de dichas reuniones, el Ministerio de
Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto promueva la necesaria
participación de las Autoridades Hídricas Nacional y Provinciales a fin de
conformar la voluntad nacional frente a los temas en cuestión.
30- Consejo Hídrico Federal
El desarrollo armónico e integral de los recursos hídricos del país resalta
la conveniencia y la necesidad de formalizar una instancia federal con
injerencia en todos los aspectos de carácter global, estratégico e
interjurisdiccional vinculados al desarrollo sustentable de los recursos
hídricos. El Consejo Hídrico Federal (CO.HI.FE.), integrado por las
autoridades hídricas del Estado Nacional y de los Estados Provinciales,
incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se constituye en un foro de
articulación de las políticas de aguas del país, destacándose entre sus
misiones velar por la vigencia y el cumplimiento de los Principios Rectores
de Política Hídrica de la República Argentina y las atribuciones contenidas
en su carta orgánica.
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EL AGUA Y LA LEY
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31- El agua como bien de dominio público
Por ser el agua un bien del dominio público, cada Estado Provincial, en
representación de sus habitantes, administra sus recursos hídricos
superficiales y subterráneos, incluyendo los lechos que encauzan las aguas
superficiales con el alcance dado en el Código Civil. Los particulares sólo
pueden acceder al derecho del uso de las aguas públicas, no a su propiedad.
Asimismo, la sociedad a través de sus autoridades hídricas otorga derechos de
uso del agua y vertido de efluentes con la condición que su aprovechamiento
resulte beneficioso en términos del interés público.
32- Asignación de derechos de uso del agua
La necesidad de satisfacer crecientes demandas de agua requiere contar con
instrumentos de gestión que permitan corregir ineficiencias en el uso del recurso
y su reasignación hacia usos de mayor interés social, económico y ambiental.
En tal sentido, los Estados provinciales condicionarán la asignación de
derechos de uso del agua a los usos establecidos por sus respectivas
planificaciones hídricas; otorgándolos por un período de tiempo apropiado al
uso al que se los destine. Se busca así asegurar el aprovechamiento óptimo
del recurso a través de periódicas evaluaciones de los derechos de uso
asignados.
33- Reserva y veda de agua por parte del Estado
La responsabilidad que le cabe al Estado de garantizar la sustentabilidad del
uso del recurso hídrico y mantener la integridad de los ecosistemas acuáticos
requiere que las autoridades hídricas ejerzan la potestad de establecer
vedas, reservas y otras limitaciones operativas sobre el uso de las aguas
superficiales y subterráneas de su jurisdicción.
34- Derecho a la información
La falta de información puede generar perjuicios económicos, sociales y
ambientales, ya sea porque no se la ha generado o porque permanece fuera del
alcance de la sociedad. Les cabe a las autoridades hídricas provinciales y
nacional la responsabilidad de garantizar el acceso libre y gratuito de todos
los ciudadanos a la información básica relacionada con las instancias de
monitoreo, evaluación, manejo, aprovechamiento, protección y administración
de los recursos hídricos.
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EL AGUA Y LA ECONOMIA
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35- El agua como motor del desarrollo sustentable
El agua es un recurso estratégico para el desarrollo de las economías
regionales, y por ende, de la Nación en su conjunto. La asignación del agua
disponible en una región debe atender no sólo los requerimientos ambientales
y las necesidades básicas del ser humano, sino también elevar su calidad de
vida, poniendo el recurso hídrico al servicio del desarrollo y bienestar de
la sociedad.
36- El valor económico del agua
Al convertirse el agua en un bien escaso como resultado de la competencia por
su aprovechamiento, una vez cubierta su función social y ambiental, adquiere
valor en términos económicos, condición esta que introduce racionalidad y
eficiencia en la distribución del recurso. La consideración del valor
económico del agua durante la etapa de planificación permite identificar los
posibles usos del recurso con capacidad de aportar desarrollo sustentable a
una región.
37- Pago por el uso de agua
Las estructuras tarifarias asociadas al cobro por el uso del agua deben
incentivar el uso racional del recurso y penalizar ineficiencias. Por todo
uso de agua corresponde abonar un cargo para cubrir los gastos generales en
que incurre la administración hídrica a los efectos de llevar adelante su
misión. Adicionalmente, y según corresponda, se abonarán cargos para cubrir
los gastos operativos inherentes al manejo propiamente dicho del recurso. Para
aquellos usos con probada rentabilidad, corresponde abonar un cargo por el
derecho al uso diferenciado de un bien público.
38- Pago por vertido de efluentes, penalidad por contaminar
y remediación
Las acciones de control de vertido de efluentes demandan cubrir los gastos en
que incurre la administración hídrica en ese sentido (cargo directo al
vertido de efluentes). La infracción a los parámetros establecidos como
límites será pasible de la aplicación de penalidades, con la obligación
adicional de remediar los daños ocasionados. En este contexto, las
penalidades por contaminar y las acciones de remediación emergentes deben ser
estructuradas para inducir la corrección de situaciones contaminantes
existentes. Este criterio se extiende a proyectos de nuevas actividades
mediante la previsión de reaseguros económicos que consideren el riesgo
potencial de contaminar.
39- Subsidios del Estado
Los Estados podrán subsidiar total o parcialmente, de acuerdo a la capacidad
contributiva de los beneficiarios, los costos del agua a los efectos de
posibilitar el acceso a prestaciones básicas de agua potable y saneamiento,
los proyectos hídricos de interés social (con énfasis en el combate a la
pobreza) y los gastos de asistencia ante emergencias hídricas. Los subsidios
deben ser solventados con recursos específicos, evitando así el
desfinanciamiento del sector hídrico.
40- Cobro y reinversión en el sector hídrico
Los recursos económicos recaudados por el sector hídrico deben reinvertirse
en el propio sector hídrico; parte en forma directa para cubrir los gastos de
gestión del agua y parte retornan a la sociedad en forma indirecta a través
del financiamiento de obras y medidas no-estructurales que se realicen en
satisfacción del interés público. De este modo el sector hídrico obtiene
recursos económicos genuinos para llevar adelante una gestión independiente y
con continuidad en el tiempo, y la sociedad se ve beneficiada a través de
obras y servicios que promuevan su desarrollo socio-económico.
41- Financiamiento de infraestructura hídrica
Los sistemas de infraestructura hídrica deben contar con recursos
presupuestarios genuinos, enfatizándose los instrumentos financieros
necesarios para lograr la expansión, modernización, operación y mantenimiento
de los mismos. Se requiere para ello movilizar fondos públicos y privados,
involucrando a los beneficiarios en el cofinanciamiento de las obras a partir
de considerar la capacidad contributiva de los mismos y el beneficio que las
obras generen. Se promueve la planificación hídrica como mecanismo de
elegibilidad para el financiamiento de los proyectos, debiéndose tener en
cuenta las prioridades hídricas intersectoriales y la relación de éstas con
los planes de desarrollo provincial.
42- Financiamiento de medidas no estructurales
Resulta esencial para una mejor gestión hídrica contar con financiamiento
para la implementación de medidas no-estructurales tales como el monitoreo
sistemático, normas de ordenamiento territorial, zonificación de riesgos,
mecanismos de organización y participación institucional de los actores
involucrados y otras formas adicionales para garantizar la gestión de las
obras y la permanencia en el tiempo de su función.
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LA GESTION Y SUS HERRAMIENTAS
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43- Desarrollo de la cultura del agua
Se asigna a la concienciación un rol fundamental en la transformación del
sector hídrico que estos Principios Rectores propician. Se busca así instalar
nuevas conductas y actitudes en la sociedad en su relación con el agua, lo
que permitirá una mejor comprensión de la complejidad de los temas hídricos y
de su interdependencia con factores económicos, sociales y ambientales. Dicha
tarea es una responsabilidad compartida entre las organizaciones que
administran el agua y las instituciones educativas formales y no formales con
dedicación al tema; teniendo como fin una participación más comprometida y
mejor informada de todos los niveles de la sociedad en la gestión de los
recursos hídricos.
44- Actualización legal y administrativa
La gestión integrada de los recursos hídricos requiere de un marco legal que
provea la estructura para el cumplimiento de las metas de desarrollo y la
protección de las aguas. Ante dicha necesidad, las leyes y los mecanismos
administrativos y regulatorios vigentes en materia de agua requieren de una
continua actualización que permita avanzar hacia una unificación de criterios
y normativas que eviten contradicciones y/o superposición de funciones y
eliminen ambigüedades jurisdiccionales. Las normativas deben ser simples y
ágiles de aplicar, deben reflejar los avances del conocimiento, deben
enmarcarse en esquemas sociales y económicos modernos y deben estar
comprometidas solidariamente con las generaciones futuras.
45- Monitoreo sistemático
Conocer y evaluar el estado y la dinámica del recurso hídrico con precisión
-en cantidad y calidad- constituye el insumo básico de todo proceso de
planeamiento y gestión, proveyendo además información esencial para controlar
la eficiencia y sustentabilidad de los sistemas hídricos y del conjunto de
las actividades sociales y económicas relacionadas con el agua. Es función
del Estado Nacional asegurar la colección y diseminación de la información
básica climática, meteorológica, cartográfica e hidrológica necesaria. Esto
deberá complementarse y coordinarse con las mediciones que realizan los
Estados Provinciales y los usuarios del agua, en función de sus necesidades,
con la finalidad de disminuir la incertidumbre en el conocimiento del recurso
a un nivel razonable.
46- Sistema integrado de información hídrica
Es esencial contar con un sistema de información que provea los elementos
necesarios para llevar adelante una gestión racional y eficiente del sector
hídrico. Para ello debe contarse con un sistema de información integrada -con
alcance nacional e internacional- fundado en una estructura adecuada de
última tecnología que cubra todos los aspectos de cantidad y calidad del
agua, incluyendo información relevante relacionada con la planificación,
administración, concesión, operación, provisión de servicios, monitoreo y
protección, regulación y control del sector hídrico. La integración de la
información hídrica con otros sistemas de información de base favorecerá la
toma de decisiones de los sectores público y privado y como instrumento de
control de la gestión.
47- Optimización de sistemas hídricos
Considerando que buena parte de la infraestructura hídrica existente ha sido
diseñada y es operada como componentes independientes, es conveniente
reevaluar su operación mediante técnicas de análisis de sistemas a los
efectos de mejorar el rendimiento operativo de las obras y la rehabilitación
de la infraestructura ociosa. Se busca así nuevas y más eficientes formas de
distribución del recurso, proporcionando la posibilidad de identificar
potenciales conflictos por su uso y la búsqueda de alternativas de
distribución con mayor aceptación social.
48- Formación de capacidades
Es esencial mejorar las capacidades humanas a todos los niveles para alcanzar
una acertada gestión del agua. Para ello es imperativo reforzar el desarrollo
de capacidades en disciplinas relacionadas con el conocimiento básico, la
planificación, la gestión y el control de los recursos hídricos. A ello se
suman otras disciplinas relacionadas con la formulación de normas
regulatorias y legislación de agua. Se busca así formar las capacidades que
contribuyan a la formulación y evaluación integral de los proyectos hídricos,
considerando sus diversos aspectos sociales, ambientales, técnicos,
económicos y financieros que estos generen. Al mismo tiempo, resulta esencial
garantizar una alta calidad institucional con cuadros profesionales de
carrera en todos sus niveles de modo de crear las condiciones que permitan
atraer y retener en las organizaciones públicas del sector hídrico personal
con las capacidades mencionadas que lideren el proceso de cambio que se
propicia.
49- Red de extensión y comunicación hídrica
Se promueve la creación de una red de extensión y comunicación entre todos
los actores vinculados al quehacer hídrico para la divulgación de información
y experiencias del sector. Se busca así fomentar las mejores prácticas en
todos los aspectos que hacen al uso y protección del recurso y eliminar las
prácticas inadecuadas. Se considera a la red de extensión y comunicación
hídrica como una herramienta efectiva para alcanzar el conocimiento y la
necesaria toma de conciencia de los usuarios actuales del agua, como también
de los nuevos usuarios y administradores que se sumen progresivamente a la
gestión hídrica como resultado del proceso de descentralización.
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